El Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN),
Herman Rosa Chávez y el Ministro de Economía (MINEC), Armando Flores,
entregaron al Presidente de la Asamblea Legislativa, Sigfrido Reyes y diputadas
y diputados de la Comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático el proyecto de
Ley Especial para la Suspensión de los Procedimientos Administrativos
Relacionados a Proyectos de Exploración y Explotación de Minería Metálica.
Esta Ley se sustenta en la Evaluación Ambiental Estratégica
del Sector Minero Metálico de El Salvador, la cual recomienda el aplazamiento
de cualquier actividad minero metálica, en tanto no se asegure que dicha
actividad puede realizarse cumpliendo las correspondientes garantías sociales y
ambientales.
De acuerdo a dicha Evaluación Ambiental Estratégica, las
condiciones de vulnerabilidad en el país suponen una barrera importante a la
posibilidad de garantizar una minería metálica eficaz en el control de sus
riesgos e impactos ambientales y sociales, por lo que aconseja la máxima cautela
y mayor consideración del principio de precaución.
Con la aprobación de esta Ley, quedarían suspendidos todos
los trámites para obtener licencias de exploración y concesiones de explotación
de minerales metálicos que hayan ingresado en ambos ministerios y no podrían
ingresar nuevas solicitudes hasta que no se levante dicha suspensión, sobre la
base de una verificación de un fortalecimiento en los siguientes aspectos
fundamentales:
1. Los sistemas de
información minera, hidrogeológica, ambiental, geo-económica, entre otros;
2. Una zonificación económica ecológica y luego un
reordenamiento territorial del país que tenga carácter vinculante;
3. Un profundo
fortalecimiento de las instituciones responsables regulatorias competentes en
materia de minería;
4. La existencia de
un sistema de análisis y gestión de conflictos;
5. Un profundo
fortalecimiento de las instituciones regulatorias competentes en materia de
minería;
6. El cierre adecuado de minas antiguas; mediante el uso de
la tecnología ambiental adecuada, que incorpore el uso de tecnología ambiental
minero metálica, la planificación de los riesgos y de los pasivos post-cierre y
la puesta en marcha de medidas para evitar los posibles impactos ambientales
producidos por las acciones de cierre;
7. La asignación de recursos para la Administración que
realice las tareas de seguimiento y control de las actividades de cierre;
8. Medidas para compensar a la población perjudicada en las
zonas afectadas por el cierre, promover la diversificación económica y la
investigación en todos los campos relacionados con el cierre de las minas;
9. El desarrollo de
instrumentos de políticas impositivas, fiscales, compensatorias y demás que
garanticen una distribución progresiva de los beneficios de la minería.
De acuerdo al
Anteproyecto de Ley los Ministerios de Economía y de Medio Ambiente y Recursos
Naturales deberán formular un Plan de Fortalecimiento para organizar,
supervisar, promover e implementar las acciones que permitan cumplir con las
condiciones anteriores, el cual deberá ser consultado con instituciones
públicas y privadas.
Además, el anteproyecto de Ley propone crear un Comité de
Seguimiento para que verifique periódicamente los avances de esas condiciones y
recomendar el levantamiento de la suspensión cuando considere que las
condiciones anteriores han sido alcanzadas con el aval de al menos siete de los
diez miembros del Comité que estaría integrado de la siguiente manera:
• El Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
• El Ministro de Economía;
• El Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos;
• Un representante de la Secretaría Técnica de la
Presidencia;
• Dos representantes del sector privado empresarial;
• Dos representantes de la sociedad civil; y
• Dos expertos internacionales,
Esta Ley entraría en
vigencia después de su aprobación del Pleno Legislativo y su publicación en el
Diario Oficial.
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